OFICINA DE DISCAPACIDAD – EDLI

Oficina de Apoyo a Personas en Situación de Discapacidad

Encargada: Yessica Salazar Vega, Asistente Social.

La Oficina de Discapacidad tiene por objetivo favorecer a la inclusión de las personas con discapacidad (PcD) de la comuna, a través de acciones que contribuyan a mejorar la calidad de vida de ellos y de sus familias, promoviendo la inserción social, laboral y comunitaria.

La Oficina de Discapacidad centra su modelo de trabajo en las personas con discapacidad, sus familias, cuidadores y comunidad.

Población objetivo:

Esta oficina atiende a todas las personas en situación de discapacidad que lo requieran y pertenezca a la comuna de Lago Ranco, cualquiera sea su rango etario, ya sea por discapacidad física, psíquica, cognitiva o sensorial.

Funciones de la Oficina:

  • Orientación y tramitación de la Credencial de Discapacidad.
  • Orientación y tramitación de Subsidio de Discapacidad Mental para menores de 18 años.
  • Orientación en tramitación de Pensión de Invalidez.
  • Asesorar y apoyar la gestión de beneficios sociales municipales.
  • Asesoría y postulación a beneficios Estatales a ayudas técnicas por medio del Servicio Nacional de Discapacidad (SENADIS)
  • Orientación y apoyo en los derechos de las personas con discapacidad.
  • Orientación, asesoría y apoyo a organizaciones de personas con discapacidad de la comuna.
  • Postulación y ejecución  de  proyectos y programas para personas en situación de  discapacidad, en diferentes líneas, tales como deporte, cultura, educación, apoyo laboral, entre otros.
  • Realizar visitas domiciliarias de casos sociales, atendiendo las necesidades de los usuarios de distintos sectores de la comuna de Lago Ranco que requieran algún tipo de ayuda social en el ámbito habitacional, de salud, ingresos y otros.

 

Teléfono:+56939325235

Correo electrónico: discapacidad@lagoranco.cl

Instagram: oficinadiscapacidadranco

Unidad de Medio Ambiente

JOHANNA VÁSQUEZ PARRA
Encargada de Unidad de Medio Ambiente

Horario atención a público
08:30 a 13:00 hrs.

Mesa  Central
632491212
632491213

Email: medioambiente@lagoranco.cl

Edificio Consistorial
Viña del Mar # 345

Tiene como objetivo procurar la protección del medio ambiente de la Comuna, mediante el desarrollo de programas orientados a evitar que las condiciones ambientales modifiquen, en forma adversa, el  bienestar de los distintos ámbitos de la comuna.

PRINCIPALES FUNCIONES

El Departamento de Medio Ambiente tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) Procurar la protección y el fomento de la salud de los habitantes de la comuna, derivado de los factores ambientales.

b) Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia.

c) Coordinar con otras unidades municipales o afines, las acciones extraprogramáticas que tengan relación con la salud pública, dentro de las normas legales vigentes.

d) Ordenar, de acuerdo a prioridades y con criterios epidemiológicos, las áreas problemas con relación al ambiente.

e) Elaborar y desarrollar programas de higiene y protección del medio ambiente entidades privadas y/o publicas

Tales como reciclaje de vidrios, pilas, chatarras, etc. Residuos Peligrosos, aceites y otros.  esterilizaciones, retiros y capturas de canes.  limpieza del Lago,  costanera, rios , esteros).

f) Proponer la creación y formas de administración de zonas de protección ambiental en la comuna.

g) Aplicar, en lo que corresponda, las normas de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente.

Además:

  •  Diseñar proyectos en beneficio directo de nuestro medio ambiente local.
  • Participación en otros proyectos para evitar que estos perjudiquen nuestro medio ambiente.
  • Generar estudios para desarrollar los futuros proyectos.
  • Participación en el ordenamiento territorial comunal.
  • Respuestas, revisiones y seguimientos de los proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Unidad de Medio Ambiente. … Elaborar y ejecutar una Estrategia Ambiental Comunal que permita cumplir con el objetivo de procurar la protección al medio ambiente comunal mediante el desarrollo de actividades orientadas a evitar que las condiciones ambientales modifiquen en forma adversa el bienestar de nuestra población

SISTEMA CERTIFICACION AMBIENTAL  MUNICIPAL

SCAM

QUE ES EL SCAM?

Sra. Patricia Heredia ; Presidenta CAC.

Sra. Erika Rojas Rudolph; Secretaria CAC.

Creado en el año 2009, el Sistema de Certificación Ambiental Municipal (SCAM) es un sistema integral de carácter voluntario, que permite a los municipios instalarse en el territorio como un modelo de gestión ambiental, donde la orgánica, la infraestructura, el personal, los procedimientos internos y los servicios que presta el municipio a la comunidad, integran el factor ambiental, según estándares internacionales como ISO 14.001 y EMAS (Reglamento Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría).

Este sistema busca la participación de los vecinos en cuanto a la construcción de las líneas de acción a seguir por el municipio, como: capacitación a funcionarios, reciclaje, ahorro energético, ahorro de agua. Estas acciones se realizan a través de la constitución del Comité Ambiental Comunal y Comité Ambiental Municipal.

El SCAM se divide en 3 niveles: básico, intermedio y de excelencia. El municipio de Lago Ranco comenzó este proceso voluntario en Octubre del 2017 y en este momento se encuentra en proceso de Evaluación del Nivel Básico.

Deportes

MARLY HENRRÍQUEZ JARAMILLO
Encargada Oficina de Deportes

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Mesa  Central
632491212
632491213
+569 901 76 880

Email: deportes@lagoranco.cl

Gimnasio Municipal

La oficina de deportes de la  I .Municipalidad de Lago Ranco tiene como objetivo principal  crear y  planificar actividades para  otorgar instancias de deportes, actividad física y actividades recreativas para toda la comunidad, tanto a nivel individual o de equipos, involucrando a niños, niñas, jóvenes, adultos y adultos mayores. El objetivo de estas acciones es  crear y fomentar hábitos de vida activa de nuestros habitantes ya sea en el ámbito  recreativo como competitivo, utilizando las distintas disciplinas deportivas y actividades como un medio positivo de mejorar la calidad de vida.

Esta unidad también realiza un fuerte trabajo  intersectorial con los distintos departamentos municipales a través de programas que involucran el deporte y actividad física .Además potenciar  y trabajar en red e con  distintas instituciones estatales como Gobierno Regional, Ministerio del Deporte e Instituto Nacional de deportes.

Turismo y Cultura

ESTEBAN GARRIDO MUÑOZ
Jefe Turismo y Cultura

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Mesa  Central
632491212
632491213

Email: turismo@lagoranco.cl

Edificio UDEM
Viña del Mar # 355

OFICINA DE TURISMO

Su objetivo central es planifi‑car el desarrollo de la actividad turística a nivel local y territorial, atrayendo por una parte a inversionistas externos para que desarrolle los centros turísticos de la comuna, además de colaborar con sus habitantes para que puedan involucrarse en la actividad turística.

Servicios que otorga:
Apoyo y orientación técnica a empresarios, agrupaciones y emprendedores de nuestra comuna vinculadas al turismo en temas como formalización comercial y el aprovechamiento de recursos turísticos.

OFICINA DE CULTURA

Entregar el acceso a las diferentes expresiones y disciplinas artísticas a la comunidad, desarrollar actividades en efemérides y verano Ranquino, así como también apoyar la presentación de proyectos a organizaciones culturales a fondos como FONDART, FNDR, cultura 2%. Establecer y ejecutar acciones que potencien la identidad local.

Servicios que otorga:

A) Eventos artísticos gratuitos, en diferentes disciplinas
B) Talleres y cursos de ámbito Artístico cultural
C) Implementar un programa recreativo para la celebración de aniversario comunal y efemérides
D) Apoyo en presentación de proyectos culturales.

Fomento Productivo

CLAUDIA SORIANO
Jefe de fomento productivo

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Mesa  Central
632491212
632491213

Email: fomento@lagoranco.cl

Edificio UDEM
Viña del Mar # 355

La Oficina de Fomento Productivo tiene como objetivo fortalecer y promover las capacidades de la comunidad local, para lograr su integración al desarrollo económico y social, mediante la ejecución de líneas de intervención, programas y proyectos específicos destinados al fomento productivo en la comuna de Lago Ranco.

LAS PRINCIPALES FUNCIONES SON:

a) Asesorar integralmente a microempresarios y a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la comuna.

b) Efectuar coordinaciones con organismos comunales y regionales encargados del fomento productivo. c) Ejecutar cursos de capacitación en oficios a personas cesantes, para permitir su mejor inserción al mercado laboral.

d) Canalizar los cursos de capacitación desde el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

e) Facilitar instancias de comercialización de los microempresarios de la comuna.

f) Desarrollar catastros de los microempresarios de la comuna, con el fin de identificar las necesidades existentes y fortalecer a este grupo.

Salud

GERARDO ARRIAGADA
Director Departamento de Salud Municipal

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Mesa  Central

632491504
632491212
632491213

Email: desam@lagoranco.cl

Edificio DESAM
Concepción # 655

El Departamento de Salud Municipal tiene por objetivo mejorar las condiciones de salud de las personas, familias y la comunidad que vive en el sector rural de la comuna de Lago Ranco, considerando sus potencialidades, mediante acciones de fomento, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, como componentes esenciales de la calidad de vida individual y colectiva.

Funciones:

a) Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de las políticas necesarias para la administración y el desarrollo de la Dirección de Salud Municipal.

b) Elaborar, proponer y ejecutar el Plan de Salud Municipal y la Programación Anual del mismo, de acuerdo a las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, velando por su cumplimiento.

c) Establecer y desarrollar mecanismos de coordinación intra y extra municipal de modo de potenciar la participación e integración de diversos actores en el logro de los objetivos del Departamento de Salud.

d) Coordinar las acciones relacionadas con la salud pública que deban cumplirse por los establecimientos que administra el Departamento, dentro de las normas vigentes.

e) Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de Salud Municipal, en conformidad a las disposiciones legales vigentes.

f) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con la administración de los establecimientos de salud incorporados a la gestión Municipal.

g) Coordinar y supervisar la administración de los recursos humanos, materiales y ‑financieros de los servicios de salud dependientes del Departamento de Salud Municipal.

h) Proveer los recursos necesarios para el normal funcionamiento de los servicios de salud y/o entrega de las prestaciones que correspondan.

i) Asegurar la óptima entrega de las atenciones que otorgan los servicios de salud municipales a los habitantes del sector rural de la comuna que acuden a las diferentes postas de Salud Rural a los cuales están adscritos.

j) Proponer y ejecutar las políticas generales de administración de los recursos humanos, teniendo presente las normas estatutarias que los rigen y los principios de administración de personal.

k) Supervisar, controlar y evaluar permanentemente la gestión técnica y administrativa de los Establecimientos de Salud, dependientes del Departamento de Salud Municipal.

l) Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

DAEM

ALBERTO RODRÍGUEZ MOLINA
Director Departamento Educación  Municipal

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Mesa  Central
632491319
632491213
632491213

Email: directordaem@lagoranco.cl

Edificio DAEM
Puerto Varas # 120

Tiene a su cargo las siguientes funciones:

a) Sugerir la contratación y administrar al personal directivo, administrativo, auxiliar y otros profesionales que sean necesarios para la e‑ciente administración de las unidades educativas de la jurisdicción comunal, en concordancia con la ley 19.070, estatuto Docente 1.862 y/o Código del Trabajo según corresponda.

b) Preparar en el mes de enero de cada año, las dotaciones suficientes y necesarias para el inicio del año escolar.

c) Proponer la contratación y administrar a los profesores necesarios para atender al alumnado de los establecimientos educacionales de su jurisdicción, de acuerdo a la legislación respectiva.

d) Exigir a las personas no tituladas que ejerzan docencia, la habilitación correspondiente de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

e) Proponer programas y desarrollar cursos de capacitación y actualización del personal docente y no docente, de acuerdo a las necesidades detectadas.

f) Procurar el mejoramiento de la infraestructura escolar y establecer normas para su mantenimiento y su uso para ‑fines educativos.

g) Presentar, para su aprobación a los organismos pertinentes, anteproyectos para reparaciones mayores, ampliaciones y reposiciones de locales escolares.

h) Cumplir con las normas de la Ordenanza General de Construcciones y con las especificaciones técnicas del Ministerio de Educación en lo que se refiere a locales escolares.

i) Procurar la entrega de mobiliario y del material didáctico necesario y adecuado para contribuir a mejorar la calidad del proceso educativo considerando las orientaciones técnicas del Ministerio de Educación.

k) Cautelar que, en los establecimientos educacionales de su jurisdicción, se cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos para mantener la calidad de cooperador de la función educacional del Estado.

l) Instruir a los jefes de establecimientos educacionales en el sentido de dar las facilidades del caso a los funcionarios de los distintos niveles del Ministerio de Educación par el cumplimiento de sus actividades supervisoras, poniendo a su disposición los antecedentes que estos requieran.

m) Hacer cumplir al personal directivo de los establecimientos de la comuna, las normas técnico-pedagógicas emanadas del Ministerio de Educación.

o) Cautelar la existencia de la documentación oficial en los establecimientos educacionales y en el Departamento de Educación Municipal, cuando corresponda.

p) Elaborar anualmente el PADEM y la Dotación docente.

Juzgado de policía local

JUZGADO POLICÍA LOCAL LAGO RANCO

INDICACIONES A CONSIDERAR PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LOS MODELOS DE ESCRITOS ANTE EL JUZGADO DE POLICÍA LOCAL
  1. Todo escrito debe ser completado en su totalidad y no deben quedar espacios en blanco.
  2. El escrito debe ser firmado por el solicitante.
  3. En general no se requiere el patrocinio y poder de abogado, salvo en los casos que la ley lo establezca.
  4. Los escritos se presentan vía correo electrónico (juzgado@lagoranco.cl), vía WhatsApp (+569 39325239) o bien en la unidad del mesón del tribunal.
  5. Toda presentación al ingresar por las diferentes vías será recepcionada por el tribunal para lo cual se colocará un timbre con la fecha de ingreso y se entregará una copia de esta, la cual quedará en poder del solicitante.

Documentos Disponibles Para su Descarga

 

PARA MÁS INFORMACIÓN COMUNICARSE AL CORREO ELECTRÓNICO juzgado@lagoranco.cl O AL FONO WHATSAPP +56939325239.

JAIME CORTÉS 
Juez de Policía Local

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Audiencias:  
Lunes y viernes 08:30 a 11:30 hrs
Miércoles de 14:00 a 17:00 hrs

Mesa  Central
632491212 anexo 25 y 34
632491213

Edificio Consistorial
Calle Santiago Nº 407 2º piso
Edificio Municipal

 

Principales competencias del juzgado de policía local:

  • Infracciones a la ley del Tránsito
  • Infracciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza.
  • Infracciones a las Ordenanzas Municipales
  • Infracciones a la Ley de Rentas Municipales ( decreto 3.063)
  • Infracciones a la Ley de Alcoholes (19.925), consumir alcohol en la vía pública y manifiesto estado de ebriedad.
  • Infracciones a la Ley del Consumidor
  • Infracciones a la Ley de Votaciones y escrutinios (18.700)
  • Infracciones a la Ley de Bosques
  • Infracciones a la Ley de Pesca y Caza.
  • Ley de protección al consumidor

Decretos en General Las Multas se cancelan en: Tesorería municipal, previo comprobante de pago extendido en secretaría del Tribunal.

Exhorto: Consiste en la comunicación de un tribunal a otro en forma interna.

Citaciones y notificaciones: Se realizan a través de carabineros de chile, exhortos, cartas certificadas y por cédula, en ella se comunica la hora y día para comparecer al Tribunal

Clasificación de las faltas por infracción a la Ley del Tránsito 18.290

  • Gravísimas ( 1,5 U.T.M a 3 U.T.M)
  • Graves (1 U.T.M a 1,5 U.T.M)
  • Menos Graves ( 0,5 U.T.M a 1 U.T.M)
  • Leves (0,2 U.T.M a 0,5 U.T.M)

Beneficios al cancelar la infracción en forma adelantada ( Ley de Transito)

La Ley rebaja en un 25% el valor de la multa impuesta si se paga en forma adelantada

PREGUNTAS FRECUENTES EN MATERIAS DE TRÁNSITO

1.- ¿ Cómo puedo hacer mis descargos en el Juzgado de Policía Local de Lago Ranco si me encuentro fuera de la comuna?

Los descargos se pueden realizar de dos formas:

–  Enviando un correo electrónico a:  juzgado@lagoranco.cl  con todos sus datos personales,  el motivo por el cual incurrió en la falta haciendo una breve descripción de los hechos.

–  Enviando un WhatsApp al número: +56939325239  (utilizando los mismos indicadores del correo electrónico).

2.- ¿Cómo puedo concurrir a mi audiencia si me encuentro fuera de la comuna?

Puede declarar conectándose a través de la plataforma zoom al ID  3733549714.

3.- ¿Cómo se puede pagar una MULTA en el Juzgado de Policía Local de Lago Ranco?

  1. Presencial: Se puede pagar en la Tesorería Municipal en efectivo, con tarjeta bancaria de débito y/o crédito.
  2. Transferencia Bancaria: a través de una transferencia electrónica  a la CUENTA CORRIENTE  de  la  ILUSTRE  MUNICIPALIDAD  DE  LAGO RANCO, número 72909000042, del  BANCO ESTADO DE CHILE, RUT 69.201.100-7 y enviar el comprobante a lagoranco@gmail.com  y al correo electrónico  tesoreria@lagoranco.cl.

En la parte de la transferencia destinada para remitir mensajes u observaciones, debe señalar obligatoriamente el Rol de la causa (indicado en carta certificada o correo electrónico en caso de haber sido recibida o consultarlo directamente al Tribunal) además de placa patente de vehículo en caso de tratarse de una infracción a la Ley de Tránsito.

Una vez asociado el pago a la causa correspondiente, le será remitido comprobante de

ingreso a su correo electrónico o WhatsApp.

4.- ¿Puede concurrir un tercero a pagar una infracción que me han cursado?

Sí, acompañando boleta de citación original entregada por Carabineros y carta de poder simple individualizando al infractor y a quien retira la licencia de conducir.

5.- ¿Qué documentos se debe presentar para pagar un Parte Empadronado?

Debe acompañar la boleta extendida por carabineros y su Cédula de Identidad.

6.- ¿Cuáles son las infracciones de tránsito consideradas gravísimas?

1.- No detenerse ante la luz roja del semáforo.

2.- No detenerse ante la señal  PARE.

3.- Conducir vehículo sin haber obtenido licencia.

4.- No usar dispositivo o sillas  de retención para menores de cuatro años edad que viajen en los asientos    traseros de un vehículo particular.

5.–  Conducir a exceso de velocidad (excediendo en más de 20 kilómetros por hora el límite máximo permitido).

6.- Acceder a los servicios de transporte público remunerado de pasajeros utilizando un pase escolar, pase de educación superior o cualquier instrumento o mecanismo que permita el uso del transporte público remunerado de pasajeros con beneficios, sin ser su titular, o alterándolo con el fin de aparentar la titularidad sobre éstos, para el exclusivo uso de quién efectúe tal alteración.

7.- ¿Qué valor tiene la multa de una infracción gravísima?

La multa aplicable es de 3 UTM y suspensión de licencia para conducir hasta por 45 días (corridos) que regirá una vez pagada la multa.

A los reincidentes de infracciones gravísimas o graves, cometidas en los últimos tres y dos años, respectivamente, se les impondrá el doble multa establecida para cada infracción, la que se elevará al triple en caso de incurrirse nuevamente en dicha conducta. Lo anterior sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor que corresponda.

8.- ¿Cuáles son las multas que puedo pagar anticipadamente para acogerme al beneficio del 25% de rebaja?

Las multas calificadas como  graves, menos graves y leves, excluyendo las gravísimas.

Requisito:  el infractor(a)  debe pagar la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de emisión de la boleta de citación

9.- ¿Ante quién debo reclamar cuando siento que he recibido un trato inadecuado por parte de algún funcionario de Carabineros de Chile?

El Juzgado de Policía Local no recibe estos reclamos, debe ingresar a la página www.carabineros.cl,

al final de la página a la derecha encontrará el link OIRS (Departamento de reclamos y sugerencias). Debe ingresar completando los datos solicitados en formulario habilitado para reclamos, indicando N° de Parte, fecha y otros datos. El reclamo será respondido por el superior jerárquico de la unidad a la que pertenece el funcionario o puede acudir directamente a la Fiscalía Militar de la Región.

10.- ¿Qué debo hacer en caso de extravío de la boleta citación emitida por Carabineros?

Deberá presentar una declaración jurada (notarial) en la que diga que su boleta de citación no se encuentra retenida por Carabineros ni en ningún otro Tribunal.

11.- ¿Qué debo hacer en caso de extravío del permiso provisorio que me otorgó el Tribunal?

Deberá presentar una declaración jurada (notarial) en la que diga que su permiso provisorio no se encuentra retenido por Carabineros ni en ningún otro Tribunal o lo que determine el Sr. Juez de acuerdo al caso.

12.- En caso de suspensión de licencia ¿puede un tercero retirarla?

Sí, por medio de una carta de poder simple, que debe contener la individualización completa del titular de la licencia y del que la retira, acompañando boletín de la multa ya pagada y fotocopia de cédula de identidad del poderdante.

13.- ¿Cómo se puede solicitar la rebaja de una multa?

Tiene cuatro opciones:

–  En audiencia pública con el  Sr. Juez, el día y hora que está citado.

–  Una vez transcurrida la fecha de citación presentando un escrito de reconsideración, por el que podrá acreditar los fundamentos de su petición acompañando documentos, dentro del plazo de hasta treinta  días siguientes a la notificación de la sentencia condenatoria.

–  Enviando un correo electrónico a:  juzgado@lagoranco.cl

–  Enviar un WhatsApp al número: +56939325239.

14.- ¿en caso de choques ¿Es lo mismo una denuncia, una querella y una demanda civil?

No. La denuncia es la que presenta Carabineros, un particular, o una compañía de seguros, dando cuenta de la ocurrencia de un accidente con el único propósito de perseguir la responsabilidad  de un conductor por la infracción cometida a las disposiciones de la Ley de Tránsito. La querella  presentada por un particular también persigue la responsabilidad infraccional de un conductor, en  cambio la demanda civil es deducida para perseguir el cobro de una indemnización por los daños y perjuicios económicos causados a consecuencia directa de la infracción cometida.

15.- ¿Cuál es el plazo para deducir una demanda civil de indemnización de daños y perjuicios?

De acuerdo al artículo 9 el cual señala “La demanda civil  deberá notificarse con  tres días hábiles antes de la celebración del comparendo de conciliación, contestación y prueba.

16.- ¿Cuál es el plazo para presentar lista de testigos?

El plazo es hasta antes de las 12:00 horas del día anterior a la celebración del comparendo de conciliación, contestación y prueba. Los días son completos, no se toma en cuenta el día de la audiencia, ni el de la notificación.

17.- ¿Si no tengo contratado un seguro particular puedo reparar mi vehículo mientras se tramita un juicio por accidente de tránsito?

Sí, pero es necesario que conserve facturas o boletas por pago de reparación y fotografías del vehículo tomadas a la fecha del accidente para acreditar el valor del daño sufrido por su vehículo, si no resulta culpable en el choque.

18.- ¿Por qué el conductor que fue sentenciado por su culpabilidad en el accidente no me pagó mis daños?

Para solicitar pago por indemnización de daños y perjuicios, necesariamente se debe interponer una demanda civil patrocinada por un abogado, siempre que la cuantía de lo demandado sea superior a 4 UTM.

19.- ¿Hasta cuándo puedo solicitar un exhorto?

Hasta el día de la fecha de citación al Juzgado de Policía Local de la localidad donde cometió la infracción.

20.- ¿Qué documentos debo presentar para solicitar un exhorto?

-Cédula de identidad vigente en fotocopia simple por ambos lados.

-La boleta de citación original cursada por Carabineros que indique el domicilio del infractor en la comuna de Lago Ranco  y otro documento que acredite su actual domicilio.

-Escrito o solicitud de reconsideración, si lo estima.

21.- ¿Debo pagar algún derecho por exhorto?

No, el valor del permiso provisorio no está establecido en la Ordenanza  sobre derechos municipales.

22.- ¿Cómo pago la multa al juzgado de policía local exhortado?

Tomando un vale vista en cualquier Banco, por el valor de la multa impuesta por el Juez(a) del Juzgado exhortado, a nombre de la Municipalidad que corresponda.

23.- ¿Qué sucede si no pago una multa por exhorto?

Su licencia de conducir será devuelta al Juzgado de Policía Local que corresponda y el expediente se archivará sin más trámite.

24.- ¿Por qué me llegó una notificación por un parte empadronado si no he sido fiscalizado por Carabineros o Inspectores Municipales?

Porque los partes empadronados se cursan cuando el infractor no está presente o el vehículo se encuentra en movimiento y como en estos casos el conductor no es identificado, las multas se cursan a la patente del vehículo.  Lo mismo ocurre con las infracciones por TAG, cursadas por el Ministerio de Obras Públicas.

25.- ¿Qué debo hacer cuando me aparece un parte empadronado en el registro de multas de tránsito no pagadas?

Deberá pagar la multa, más el arancel fijado por el Registro Civil, de lo contrario no podrá obtener el permiso de circulación y continuará anotada en el Registro.

Una vez pagado el arancel al Registro Civil por la Tesorería Municipal, este Servicio eliminará la anotación.

26.- ¿Cuál es el plazo de prescripción de los partes empadronados?

El plazo de prescripción es de 3 años contados desde la fecha de anotación en el certificado de Registro de Multas de Tránsito no Pagadas.

27.- ¿Cómo se tramita la solicitud de prescripción de partes empadronados?

– Debe solicitarla por medio de un escrito acompañando necesariamente el certificado del Registro de Multas de Tránsito no pagadas.

– El Tribunal emite un certificado, previo pago de un derecho establecido en la Ordenanza N°1 sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios, por el que declara prescrita la sanción ordenando la eliminación de la anotación en el  Registro de Multas de Tránsito No Pagadas.

28.- ¿Dónde debo presentar el certificado de prescripción que me otorga el Tribunal?

En la oficina central del Servicio de Registro Civil e Identificación, Registro de Multas de Tránsito No Pagadas, ubicado en calle Catedral N°1772, comuna de Santiago.

PREGUNTAS FRECUENTES EN MATERIA DE LA LEY DEL CONSUMIDOR

1.- ¿Cuál es el Juzgado competente para interponer una denuncia por Ley del Consumidor?

Ud. puede elegir, ante el Juzgado de Policía Local correspondiente a su domicilio o al domicilio del proveedor de bienes o servicios.

2.- ¿Quiénes pueden denunciar en materia del Ley del Consumidor?

Las personas naturales y jurídicas, llamados consumidores o usuarios, que en virtud de cualquier  acto oneroso, han adquirido un bien o la prestación de un servicio.    

3.- ¿Cuál es el plazo para denunciar infracciones a la Ley de Consumidor?

El plazo es de 2 años máximo desde que se cometió la infracción o ésta dejó de cometerse.

Si Ud. presentó primeramente un reclamo ante el SERNAC, el tiempo que dura la gestión de su reclamo, no se suma a dicho plazo.

4.- ¿Se requiere un reclamo previo ante el SERNAC para denunciar al Tribunal?

No,  el reclamo ante el SERNAC no es requisito para realizar una denuncia.

Sin embargo es muy recomendable que lo haga, toda vez que el SERNAC inicia una mediación voluntaria que puede permitir resolver su conflicto mediante una transacción extrajudicial.

5.- ¿Necesito un abogado para interponer una querella y demanda civil de indemnización perjuicios por infracciones a la Ley del Consumidor?

No. La ley le permite comparecer personalmente sin patrocinio de abogado.

6.- ¿Si no requiero un abogado para interponer una querella y demanda civil de indemnización perjuicios, por qué tengo que pagar la notificación de la demanda?

Para perseguir el cobro de una indemnización por los perjuicios causados, la notificación de la querella y demanda civil debe ser practicada personalmente o por cédula en el domicilio del querellado o demandado, por un receptor ad-hoc del Tribunal, cuyos derechos son fijados en el arancel de receptores judiciales establecido por el Ministerio de justicia.

7.- ¿Cómo puedo redactar el escrito de querella y demanda civil de indemnización perjuicios?

Existe un formulario a disposición de los usuarios que puede descargar desde la página del SERNAC, www.sernac.cl

8.- ¿Qué bienes quedan cubiertos por la garantía legal? Todos los bienes de cualquier clase están sujetos a la garantía legal?

El establecimiento comercial no puede eliminar o restringir la garantía legal de ningún producto

9.- ¿Cuál es el plazo para ejercer garantía?

Tres meses contados desde la recepción del producto. Lo anterior es sin perjuicio de que, si se otorga una garantía mayor por el proveedor, prima esta última.

10.- ¿Cuál es el plazo para ejercer garantía en Servicios?

Cuál es el plazo  el plazo de garantía es de 30 días desde que se prestó este. En estos casos, el consumidor tiene derecho a que se preste nuevamente el servicio sin costo o, en su defecto, que se le devuelva la cantidad.

11.- ¿Cómo se hace efectiva la responsabilidad por la garantía legal?

Los consumidores pueden ir directamente a la empresa que les vendió el producto junto con la boleta, factura u otro medio que acredite la compra. Pero, no son válidos los carteles o timbres en las boletas donde se indique que no se responde por cambios o devoluciones.

12.- ¿Puede exigir el vendedor o establecimiento comercial la restitución de lo dado o pagado a los consumidores respecto de sus distribuidores?

Sí. El establecimiento comercial en su calidad de comerciante o vendedor puede exigir la restitución de los pagos o cambios de los productos defectuosos al fabricante o distribuidor.

Se advierte que en Chile el SERNAC es un servicio sin facultades resolutivas ni arbitrales entre partes y que, por lo tanto, carece de facultades para aplicar sanciones por infracción a la Ley. En este contexto, si hay vulneraciones de derechos del consumidor será el mismo usuario quien deberá interponer una denuncia infraccional ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

13.- ¿Cuánto es la garantía legal de un producto?

La Ley del Consumidor establece que, si un producto nuevo viene defectuoso o presenta fallas por un uso normal, los consumidores tienen derecho a la garantía legal de 3 meses, que incluye tres opciones: el cambio, la reparación o la devolución de lo pagado, a elección del consumidor.

14.- ¿Cuántos días tengo para que me devuelvan el dinero?

El retracto debe ser ejercido dentro del plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o la compra, siempre que la empresa adhiere al derecho a retracto, ya que puede disponer expresamente lo contrario.

15.- ¿Puedo devolver alimentos en un supermercado?

En una tienda de productos de alimentación, el poder devolver o cambiar un producto por otro dependerá de la política de cada establecimiento, ya que la ley no obliga a los comercios a permitir cambios ni devoluciones. excepción serían los productos en mal estado.

16.- ¿En qué casos no tiene derecho a la Garantía?

  • Cuando la falla es atribuible al mal uso que le dio al producto o falta de mantención. • Cuando el producto ha sido utilizado y no le gustó. Algunas empresas ofrecen garantías voluntarias que complementan la Garantía Legal, Por ejemplo: el plazo de 10 días para arrepentirse de la compra. En nuestro caso no manejamos la anterior mencionada, sólo trabajamos con la Garantía Legal. • Cuando son productos refaccionados o de segunda selección, cuando estas características son debidamente informadas en su boleta o factura de compra. • Cuando estos productos han sido intervenido por terceros ajenos a nuestra empresa y/o técnicos no aprobados por la marca, si son detectados elementos o piezas ajenas a las que trae de fábrica o por el contrario, faltan elementos o piezas indispensables para el funcionamiento del equipo.

17.- ¿Por qué es necesario pedir una boleta de compra?

La boleta de compra permite ejercer la garantía legal, esto es, el derecho a que cuando un producto nuevo sale malo, se pueda cambiar, reparar o recuperar el dinero.

18.- ¿Puede una tienda no poner sus precios en vitrina?

No, todos los precios deben estar visibles y no se le puede cobrar un precio mayor al que está anunciado.

19.- ¿Puede una tienda negarse a vender algo que está expuesto?

No, no se puede negar a vender algo que está en la vitrina aduciendo que es el último que les queda y que no pueden desarmar el decorado. Si el producto es ofrecido y anunciado, es obligación de la tienda venderlo. Si el artículo es parte de la ornamentación, debe informarse claramente que no está a la venta.

20.- ¿Cuándo hay publicidad engañosa?

Cuando se incurre en exageraciones u omisiones que llevan al consumidor a una creencia errada sobre aspectos relevantes de los productos o servicios

21.- ¿Obliga al establecimiento lo informado en la publicidad o sólo se trata de afirmaciones que adornan el mensaje publicitario sin consecuencias?

La publicidad obliga, ya que forma parte del contrato con el consumidor, por lo que el consumidor puede exigir lo destacado en la publicidad.

22.- ¿Es válido informar que la vigencia de la oferta es hasta agotar stock?

Siempre debe informarse el plazo definido de vigencia de la promoción, por lo que en caso de que además del plazo se establezca un número determinado de productos (stock), deberá indicarse el número de unidades o productos que componen el stock correspondiente. Por esto no puede señalarse “hasta agotar stock” sino que “hasta agotar stock de 150 unidades.

23.- ¿Puede un establecimiento comercial rehusarse a cumplir lo ofrecido en la promoción u oferta?

No. En tal caso el tribunal competente puede ordenar el cumplimiento forzado de la promoción u oferta.

PREGUNTAS FRECUENTES EN MATERIAS DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES

1.- ¿Puedo ejecutar una construcción sin permiso municipal?

No. Si  Ud. realiza una construcción sin haber obtenido el permiso exigido por la Ley, se arriesga a ser sancionado con multa de 1 a 100 UTM, sin perjuicio de la paralización o demolición de todo o parte de la obra. En caso de existir presupuesto de la obra, la multa puede llegar hasta el 20% del valor señalado en éste.

2.- ¿Cuáles son las obras que requieren permiso municipal?

La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de una vivienda o edificio, requieren permiso de la Dirección de Obras Municipales.

3.- ¿Dónde puedo denunciar infracciones a la Ley de Urbanismo y Construcciones?

En la Dirección de Obras de la Municipalidad de Lago Ranco, también en el Juzgado de Policía Local.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LEY DE ALCOHOLES

1.- ¿A qué sanción me arriesgo si vendo bebidas alcohólicas en forma clandestina?

-Multa de 5 a 20 UTM y comiso de las  bebidas y utensilios.

La segunda vez que se incurra en esta conducta multa de 5 a 20 UTM, comiso de las bebidas y utensilios y clausura del establecimiento cuando corresponda.

La tercera transgresión, además, con prisión inconmutable de 21 a 60 días.

2.- ¿En qué consiste la infracción de conexión entre el local y la casa habitación?

Todo establecimiento de expendio de bebidas alcohólicas, a excepción de hoteles y casas de pensión, deben estar absolutamente independientes de la casa habitación del comerciante o de cualquier otra persona.

 

3.- ¿Dónde exactamente debo poner la patente de expendio de alcoholes?

La patente deberá fijarse en el interior del local visible al público.

4.- ¿En qué lugar debe estar el extracto de la Ley de Alcoholes?

En el exterior de todo establecimiento de expendio de bebidas alcohólicas se escribirá con letras perfectamente visibles la frase:  <Expendio de bebidas alcohólicas>, la clasificación del negocio y la clase de patente que paga.

5.- ¿Puedo ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública?

No. Se encuentra prohibido en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público.

La multa es de 1 UTM.

6.- ¿Puedo transitar en la vía pública en estado de ebriedad?

No.  Enfrenta una multa de 1 UTM.

Obras Municipales

PAOLA SCHWANER ÁVILA 
Directora de obras Municipales

Horario atención a público
08:00 a 13:00 hrs.

Mesa  Central
632491212
632491213

Email: obras@lagoranco.cl

Edificio Consistorial
Viña del Mar # 345

La Dirección de Obras Municipales es la unidad encargada dentro del estamento municipal de aplicar la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamentos, en sus acciones administrativas relacionadas con la planificación urbana, urbanización y construcción, y a través de las acciones de los servicios de utilidad pública respectivos, debiendo velar, en todo caso, por el cumplimiento de sus disposiciones. Es por ello, que la Dirección de Obras Municipales posee una doble dependencia, administrativamente de la Municipalidad de Lago Ranco y técnicamente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. De esta forma, La Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su artículo 24 estipula que la Dirección de Obras Municipales es la unidad encargada de desempeñar las siguientes funciones: a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:

 

  • Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales;
  • Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción;
  • Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior;
  • Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
  • Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.
  • Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
  • Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
  • Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
  • Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural;
  • Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.
  • En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
  • Asimismo, al no estar conformada la unidad de aseo y ornato, le corresponde velar por:
  • El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna;
  • El servicio de extracción de basura, y La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna.
BACK